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Datos personales, vigilancia estatal y discriminación

Datos personales, vigilancia estatal y discriminación

Eduardo Ferreyra | 20/10/2021

¿Qué es el ciberpatrullaje?

El ciberpatrullaje en la Argentina

¿Qué es el reconocimiento facial?

Pero… ¿y entonces qué?

  • Legalidad, equidad y transparencia: el procesamiento debe ser legal, justo y transparente para las personas interesadas.
  • Limitación del propósito: debe procesar los datos para los fines legítimos especificados explícitamente a la persona interesada cuando los recopiló.
  • Minimización de datos: debe recopilar y procesar solo la cantidad de datos que sea absolutamente necesaria para los fines especificados.
  • Precisión: debe mantener los datos personales precisos y actualizados.
  • Limitación de almacenamiento: solo puede almacenar datos de identificación personal durante el tiempo que sea necesario para el propósito especificado.
  • Integridad y confidencialidad: el procesamiento debe realizarse de tal manera que se garantice la seguridad, integridad y confidencialidad adecuadas (por ejemplo, mediante el uso de cifrado).
  • Responsabilidad: el controlador de datos es responsable de poder demostrar el cumplimiento de la norma con todos estos principios.
  • Las personas deberían supervisar los sistemas de IA y los algoritmos deberían ser abiertos.
  • Hay que oponerse a las bases de datos privadas de reconocimiento facial, la vigilancia del comportamiento y la puntuación ciudadana.
  • El reconocimiento automático no debe utilizarse para el control de fronteras o en espacios públicos.